Venta por cédula simple ante testigos en 25 de marzo de 1777, otorgaron Domingo do Rio y María Rodriguez su mujer, vecinos de Santiago de Reigosa, por la que vendieron a D. Juan Cayetano Teixeiro (y Gaioso) dueño del coto do Condado, medio ferrado de heredad, sita en el lugar das Coroas y cortiña de arriba, linda por el norte con el Agra de Viduide, por el vendaval con el camino que das Coroas para Señorín por una illarga, da con heredad del vendedor, por la otra que es al naciente con heredad del comprador, en precio y cuantía de cuarenta y cuatro reales(44 rs).
En el lugar y coto do condado a veinticinco días del mes de Marzo del año mil setecientos setenta y siete, ante los testigos infraescritos parecieron Domingo do Rio y Marya Rodriguez, vecinos de Santiago de Reigosa, la sobredicha premisa la venia y licencia que de marido a mujer el derecho permite, pedida, concedida y aceptada, en presencia de los testigos y de ella fiando, ambos de man común a voz de uno, y cada uno de ellos por sí y por el todo insolidum, renunciando como expresamente renuncian las leyes de duobus rex devendit autentica, presente hoc ita de fidei duobus, y el beneficio de la ... y execucion, y más que en razón de la mancomunidad hablar, y bajo della dijeron vender y dar en venta real y "fuero" de heredad a D. Juan Cayetano Teixeiro, vecino del lugar y casa de Gargallán, dueño y señor de la Casa de dicho Coto do Condado; para él, sus hijos, herederos y más que su derecho ... sentar en, es a saber, medio ferrado de heredad sita en el lugar das Coroas y cortiña de arriba , limita por el norte con el Agra de Redemil, por el vendaval con el camino que va das Coroas para Señorín por "cara Vilargaioso" con heredad del vendedor, y por la otra que es a naciente con más de la heredad del comprador, cuios herederos se la vendieron en precio de ...
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